Bloqueo de aplicaciones en Argentina: inseguridad jurídica en internet

A mediados del año pasado, un tribunal de la Ciudad de Buenos Aires ordenó a las compañías de telecomunicaciones que bloqueen Uber a nivel nacional. Aunque el fallo fue revertido por un tribunal de alzada, y mas allá de la legalidad del servicio en sí, explicamos por qué estas medidas resultan desproporcionadas y negativas para los derechos de los usuarios y para el ecosistema de internet en Argentina.

Una saga de órdenes y apelaciones

La disputa por el bloqueo de Uber en la ciudad de Buenos Aires comenzó en mayo del 2017, con órdenes de bloqueo y apelaciones en la justicia local contravencional. Llegó a incluir un proyecto de ley local abiertamente inconstitucional para legitimar bloqueos a aplicaciones a nivel país excediendo la competencia de legisladores y jueces de la ciudad.

En Diciembre del año pasado, un tribunal de apelación sostuvo el bloqueo contra Uber y ordenó impedir el acceso a “todo otro recurso tecnológico que permita contratar y/o hacer uso de los servicios de transporte de pasajeros que ofrece la empresa”. Los jueces de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad también dispusieron que Apple y Google debían impedir cualquier tipo de interacción que los usuarios pudiesen tener con Uber a través de sus plataformas. Para implementar la medida, obligaron a ENACOM (ente autárquico y descentralizado encargado de la regulación de las telecomunicaciones en Argentina) que ordene a las empresas proveedoras de internet adoptar las medidas necesarias para hacer efectiva la decisión.

Afortunadamente, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (autoridad máxima del Poder Judicial de la ciudad), revocó unánimemente el bloqueo este año, el 22 de Junio, basándose en criterios muy similares a los que invocamos desde que señalamos los problemas con estas medidas.

Pero, lejos de terminarse, la lucha por la potestad regulatoria de los estados locales frente a los desafíos tecnológicos sigue. Y presenta, como indicamos antes, desafíos para el ejercicio de derechos fundamentales y para la seguridad jurídica que en Argentina aún no se han resuelto.

¿Cuáles son los problemas de estas decisiones judiciales?

Los tribunales no son competentes: Según la ley Argentina Digital (Ley 27.078), todo lo referente a Internet es competencia de la Justicia Federal. En el mismo sentido, La Corte Suprema de Justicia de la Nación, el máximo tribunal del país, ha sostenido reiteradas veces que todo lo relativo a las Telecomunicaciones, lo cual comprende a internet, es materia de regulación federal. En conclusión y acorde a lo expresado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, un tribunal local carece de competencia para decidir el bloqueo de una página web o aplicación de internet.

Exceso de jurisdicción del tribunal: Los jueces son competentes dentro de un territorio. En el caso de los jueces de la Ciudad de Buenos Aires, estos solo tienen competencia sobre el territorio de la Ciudad de Buenos Aires. Cuando deciden sobre una causa, la misma no puede afectar a terceros que se encuentren fuera de este territorio. El bloqueo en cuestión en el ámbito de la ciudad afecta a todo el país, lo cual deja en evidencia el exceso de las facultades del juez.

Las decisiones van en contra de los estándares internacionales de libertad de expresión: Los intentos de bloquear este tipo de plataformas van en contra de los principios estructurales de internet y de la libertad de expresión. Estos principios y esta libertad han hecho de internet una fuerza de innovación, que permite a las personas crear “contenido, aplicaciones y servicios de manera descentralizada”. Los bloqueos son medidas extremas que solo pueden tomarse en casos de discursos con un mensaje muy específico, prohibido por el derecho internacional de los derechos humanos y de maneras que resulten estrictamente necesarias y proporcionadas. En el caso de Uber el bloqueo resulta inadmisible por su desproporcionalidad.

Violan el derecho de acceso a la ciencia y la tecnología: Este derecho, que tiene cada vez mayor relevancia, está íntimamente vinculado con internet ya que es el medio de expresión que ha permitido el acceso a la información, el intercambio de opiniones, la adquisición de conocimiento y el desarrollo económico de los individuos como casi ningún otro en la historia. Los bloqueos que no cumplen con requisitos de legalidad, necesidad y proporcionalidad – al impedir el acceso a ciertos contenidos – pueden limitar el acceso a este derecho.

Ponen al ENACOM en un rol de censurador: El ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones, órgano regulatorio de las telecomunicaciones en Argentina) tiene como función “garantizar la más amplia libertad de prensa, el pluralismo y el acceso a la información, fomentar el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, y avanzar hacia la convergencia entre las distintas tecnologías disponibles, garantizando la seguridad jurídica para fomentar las inversiones en infraestructuras”. El hecho de que los jueces le impongan comunicar bloqueos irregulares e incompatibles con la libre expresión es contradictorio y lesiona la seguridad jurídica. ¿Qué ocurriría si un juez, en exceso de su competencia o jurisdicción, ordenara el bloqueo de Whatsapp, como pasó en Brasil, o de un medio de noticias digital?. ¿Sería la misma entidad a cargo del fomento de las comunicaciones la encargada de instrumentar su censura?

Una preocupación de todo el ecosistema de internet

La Asociación Interamericana de Empresas de Telecomunicaciones (ASIET) y la Asociación GSM, la cual se conforma por operadores móviles y compañías relacionadas a nivel mundial, cuestionaron la decisión. Sostuvieron que “el bloqueo de contenidos y servicios de internet constituye una medida extrema que tiene potenciales efectos nocivos sobre la integridad y seguridad de la red y de ningún modo constituye una solución al problema de fondo que la Sala II pretende resolver. Se trata de una medida de difícil aplicación técnica y que sitúa a las operadoras móviles en un rol que no les corresponde”.

En la misma sintonía, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires afirmó en su sentencia que esta medida “lesionaría innecesaria y desproporcionadamente derechos como: el acceso e intercambio de información; la obtención de conocimientos y transmisión de ellos mediante la utilización de contenidos, herramientas y de aplicaciones; y la posibilidad de cualquier usuario de esa red global de comunicarse o desenvolverse libremente”.

Por su parte el Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Edison Lanza, sostuvo sobre estos bloqueos: “A mi juicio, es desproporcionado que un juez municipal quiera censurar una aplicación, como en el caso de Uber. ¿Por qué? Porque si hay un problema que tiene que ver con el mercado del transporte, será una cuestión de política de transporte, pero no es un problema de internet. ¿Cuál es el sentido de bajar una aplicación de transporte si no es ilegal el contenido que transmite? Lo mismo sucede con las aplicaciones de pizza, por ejemplo. O Netflix y todas las aplicaciones que ofrecen un contenido o servicio. Si ese servicio no es pornografía infantil o no contiene apología del odio o de la guerra, ordenar bajarlo sería una solución desproporcionada. Si hoy bajamos una aplicación, mañana podemos bajar otras. Y rompemos el principio de no censura y de proporcionalidad”.

En oportunidad del mencionado proyecto de ley de la Ciudad de Buenos Aires de 2016, Access Now, junto a otras organizaciones de Derechos Humanos, expresaron su rechazo a estas medida, ya que “fragmentar el acceso a Internet por jurisdicciones implicaría enormes costos y  dificultades técnicas además de habilitar el riesgo de bloqueos no intencionados que podrían afectar a todo el territorio nacional e incluso a jurisdicciones extranjeras.”

¿Qué sigue?

Como principio general, las decisiones judiciales deben ser necesarias, proporcionadas, estar fundadas y provenir de autoridades judiciales competentes. En este caso no se ha cumplido con ninguno de esos requisitos. Si admitimos que los jueces con competencia municipal en Argentina puedan dictar bloqueos de este tipo, el futuro se avizora complejo para una internet libre. Si bien celebramos la decisión Superior Tribunal de la Ciudad de Buenos Aires de resolver la ilegalidad de este bloqueo, hubo efectivamente una vulneración de los derechos de los usuarios y de principios elementales de internet. Estas medidas se siguen sucediendo a lo largo de todo el continente y no parecen encontrar un fin.

Por ello instamos a los jueces locales a abandonar estas prácticas que no dan solución a los problemas que las originan, y a los Estados a establecer protocolos claros para el cumplimiento de la ley para brindar seguridad jurídica y previsibilidad a los operadores judiciales y al ecosistema de internet.